Recibir una herencia es uno de esos momentos en los que la vida te pone delante una decisión financiera importante sin haberte avisado. Hay plazos que cumplir, impuestos que calcular, bienes que repartir y, en muchos casos, tensiones familiares que gestionar. Y todo eso mientras estás en pleno duelo.
En Ahorradoras hemos hablado con cientos de mujeres que han pasado por esto, y la mayoría dicen lo mismo: ojalá alguien me hubiera explicado qué hacer y en qué orden. Esta guía es exactamente eso. Sin tecnicismos, sin letra pequeña y con los pasos claros desde el principio.
Lo primero que tienes que saber: los plazos
La herencia en España no espera. Hay plazos legales que si no cumples pueden costarte dinero de más, y el más importante es el del Impuesto de Sucesiones: tienes seis meses desde el fallecimiento para presentarlo y pagarlo. Si no llegas, puedes pedir una prórroga de otros seis meses, pero hay que solicitarla antes de que venza el plazo original.
Un error muy habitual que vemos en Ahorradoras: mujeres que no saben que existe ese plazo y cuando van a gestionar la herencia meses después descubren que ya han generado recargos e intereses de demora. Que no te pase a ti.
Los plazos clave:
- Seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones
- Prórroga posible de otros seis meses si se solicita antes del vencimiento
- Treinta días hábiles para inscribir bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad una vez aceptada la herencia
Qué documentos necesitas reunir
Antes de poder hacer nada con la herencia necesitas una serie de documentos. Cuanto antes los reúnas, antes podrás avanzar:
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades, que se obtiene en el Ministerio de Justicia al menos quince días después del fallecimiento
- Testamento o, si no hay testamento, declaración de herederos ante notario
- Certificado de seguros de vida con cobertura de fallecimiento
- Documentación de todos los bienes: escrituras de inmuebles, extractos bancarios, vehículos, inversiones, cuentas
Reunir toda esta documentación puede llevar semanas. No lo dejes para el último momento.
Con testamento o sin testamento: qué cambia
La existencia o no de testamento cambia mucho el proceso, aunque no siempre el resultado.
Si hay testamento, el notario lo lee y establece quién hereda qué. Aunque el testamento puede distribuir libremente parte de la herencia, hay una parte que la ley reserva para hijos y cónyuge —la llamada legítima— que no puede ignorarse aunque el fallecido así lo hubiera querido.
Si no hay testamento, hay que hacer una declaración de herederos ante notario, que establece quiénes son los herederos legales según el Código Civil. El proceso es más largo y puede generar más conflictos si la familia no está de acuerdo.
Un ejemplo real que lo ilustra bien: cuando falleció el padre de Lucía, usuaria de Ahorradoras, no había testamento. Sus tres hermanos tardaron ocho meses en ponerse de acuerdo sobre cómo repartir la casa familiar. Con un testamento claro, ese conflicto probablemente no habría existido.
El Impuesto de Sucesiones: cuánto vas a pagar
El Impuesto de Sucesiones es autonómico y las diferencias entre comunidades son muy importantes. Madrid y Canarias tienen bonificaciones de hasta el 99%, lo que en la práctica significa que heredar allí apenas tiene coste. En otras comunidades el impuesto puede ser elevado.
El importe a pagar depende de:
- El valor total de lo heredado
- El grado de parentesco con el fallecido
- El patrimonio previo de quien hereda
- Las bonificaciones y reducciones de la comunidad autónoma
Dado que el impuesto varía tanto, es imprescindible calcular bien antes de aceptar. En algunos casos, especialmente cuando hay deudas o inmuebles con cargas, puede ser más interesante renunciar a la herencia que aceptarla.
¿Cuánto pagarás de Impuesto de Sucesiones?
Desde Ahorradoras te ponemos en contacto con un asesor fiscal especializado en herencias que calcula tu caso concreto y te ayuda a pagar solo lo que debes.
Quiero que calculen mi caso →Aceptar o renunciar: una decisión que no se puede deshacer
Antes de firmar nada tienes tres opciones:
Aceptar la herencia pura y simplemente. Te quedas con todo, incluidos posibles deudas.
Aceptar a beneficio de inventario. Solo respondes de las deudas con los bienes heredados, no con tu patrimonio personal.
Renunciar a la herencia. Es una decisión total y definitiva.
Un ejemplo: Ana heredó de su tío y aceptó sin revisar. Meses después apareció una deuda de 40.000 euros. Tuvo que asumirla con su propio dinero.
Qué pasa cuando hay una vivienda en la herencia
Los inmuebles suelen ser el punto más complejo. Si hay varios herederos, todos pasan a ser propietarios de una parte, lo que puede generar desacuerdos.
Las opciones habituales son que uno compre al resto, vender la vivienda o acordar un uso compartido.
También hay que tener en cuenta situaciones como usufructos o viviendas con cargas. Si quieres entender mejor cómo funciona esto, puedes verlo en nuestra guía sobre a href=»https://www.ahorradoras.com/nuda-propiedad/»>nuda propiedad
Qué hacer con el dinero recibido
Una vez resuelta la herencia, llega la parte importante: qué hacer con el dinero.
Lo más recomendable es no tomar decisiones rápidas. Primero, mantener el dinero en una cuenta segura mientras decides.
Después, revisar si tienes un colchón de emergencia suficiente.
También puede ser buen momento para eliminar deudas con intereses altos.
Y finalmente, plantear una estrategia de inversión adecuada a tu situación.
Qué es una donación y en qué se diferencia de la herencia
La donación es una transmisión de bienes en vida. Tiene su propia fiscalidad y también depende de la comunidad autónoma.
Un punto importante es que las donaciones pueden tener impacto en el reparto posterior de la herencia.
Antes de hacer una donación relevante, conviene analizar bien sus implicaciones.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que aceptar la herencia?
No. Puedes renunciar si no te interesa asumirla.
¿Qué pasa si no hago nada?
Los plazos fiscales siguen corriendo y pueden generarse recargos.
¿Puedo donar lo que heredo?
Sí, pero implica una nueva tributación.
¿Necesito un abogado?
Depende de la complejidad de la herencia. En casos sencillos puede no ser necesario, pero en situaciones con varios herederos o bienes relevantes suele ser recomendable.
¿Tienes una herencia entre manos y no sabes por dónde empezar?
En Ahorradoras te ponemos en contacto con un asesor especializado que analiza tu caso y te guía en todo el proceso.
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