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Declaraci贸n de la Renta 2023: novedades y plazos

El pr贸ximo 11 de Abril se inicia la campa帽a de la Renta correspondiente al ejercicio 2022, es decir, la que hace referencia a los ingresos por rendimientos de trabajo durante el a帽o pasado, por eso queremos explicarte las pautas para que no te pierdas nada.

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Declaraci贸n de la Renta 2023 (Campa帽a 2022)

 

Plazos

 

Si tienes que presentar tu declaraci贸n de la renta del ejercicio 2022 y prefieres hacerlo por tel茅fono, te informamos que la cita previa estar谩 disponible desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio. Despu茅s de solicitarla, podr谩s elegir el d铆a que mejor te convenga entre el 5 de mayo y el 30 de junio de este a帽o.

Si prefieres presentar tu declaraci贸n de manera presencial, la Agencia Tributaria ha habilitado este servicio en sus oficinas del 1 al 30 de junio. Si decides acudir personalmente, no olvides que tambi茅n necesitar谩s una cita previa, la cual podr谩s solicitar desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio.

Para pedir la cita previa, puedes hacerlo a trav茅s de internet o llamando a cualquiera de estos n煤meros de tel茅fono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

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驴Qui茅n est谩 obligado a presentar declaraci贸n?

 

  • Si tus ingresos proceden 煤nicamente de rendimientos del trabajo personal y no superan los 22.000 euros anuales, no tendr谩s que presentar la declaraci贸n siempre y cuando los hayas recibido de un solo pagador.

 

  • Si has tenido varios pagadores y la suma de los segundos y siguientes no supera los 1.500 euros, tampoco estar谩s obligado a declarar. Sin embargo, este a帽o todos los trabajadores que han sufrido un ERTE deber谩n presentar la declaraci贸n. Si tus rendimientos del trabajo consisten 煤nicamente en prestaciones pasivas (pensiones, planes de pensiones, seguros, etc.) y la retenci贸n se ha hecho correctamente, tampoco estar谩s obligado a declarar.

 

  • Si tus ingresos proceden de m谩s de un pagador y superan los 1.500 euros anuales, si has recibido pensiones compensatorias del c贸nyuge o anualidades por alimentos no exentas, si el pagador de los rendimientos del trabajo no est谩 obligado a retener, o si has recibido rendimientos 铆ntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retenci贸n, tendr谩s que presentar la declaraci贸n si tus ingresos superan los 15.000 euros anuales.

 

  • Si has obtenido rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sometidas a retenci贸n o ingreso a cuenta y la suma no supera los 1.600 euros anuales, tampoco estar谩s obligado a declarar, excepto si se trata de ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversi贸n colectiva.

 

  • Si has obtenido rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisici贸n de viviendas de protecci贸n oficial o de precio tasado, y dem谩s ganancias patrimoniales derivadas de ayudas p煤blicas, y la suma no supera los 1.000 euros anuales, tampoco estar谩s obligado a declarar.

En cualquier caso, si tus ingresos no superan los 1.000 euros anuales, o si has tenido p茅rdidas patrimoniales inferiores a 500 euros, no tendr谩s que presentar la declaraci贸n.

Pero, atenci贸n: aunque no est茅s obligado a presentar la declaraci贸n, si has aplicado alguna reducci贸n o deducci贸n, o si tienes derecho a recibir una devoluci贸n, deber谩s confirmar el borrador o presentar la declaraci贸n.

Mi consejo es que siempre, aunque no est茅s obligada a presentar declaraci贸n, revises el borrador por si acaso tienes derecho a devoluci贸n.

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Por supuesto, te recomiendo que revises bien la web de la Agencia Tributaria en la que puedes encontrar una secci贸n de ayuda pr谩ctica que seguro que te resulta muy 煤til.

2 comentarios

  • 11 abril, 2021

    Merche

    Hola! de que manera nos devolver谩n la diferencia de la prestaci贸n,cuando tendr铆a que haber sido mayor por tener hijos ,que nos dejaron de pagar en el Erte y nos dijeron que se compensar铆a?

    • 16 abril, 2021

      Elena

      Hola, Merche! Para responder a esas preguntas lo mejor es que acudas a la propia web del SEPE: https://www.sepe.es/HomeSepe/ Un abrazo, guap铆sima!

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